UNA AGRESIÓN MÁS CONTRA LAS COMUNIDADES CAMPESINAS por Rodrigo Montoya Rojas *

domingo, 8 de junio de 2008

UNA AGRESIÓN MÁS CONTRA LAS COMUNIDADES CAMPESINAS por Rodrigo Montoya Rojas *

Lima, 4 de junio 2008

UNO. En la provincia de Grau (Apurímac-Perú) muchos comuneros quechuas están tratando de conseguir que sus padres ancianos dejen testamentos para que las tierras que les toquen puedan ser vendidas a los muchos nuevos mineros que aparecen ofreciendo "mucho dinero". No es fácil que los abuelos analfabetos tengan sus documentos en orden.
Tienen que ir a Abancay o venir a Lima donde otros hijos e hijas no terminan de entender lo que está pasando con esa novedad. Como ven en la televisión que con las empresas mineras se saldrá de la pobreza, creen que talvez sea cierto y habría que vender antes de que sea tarde. Lo mismo debe estar ocurriendo allí donde hay minas y donde muchos quieren volverse millonarios explotándolas.

DOS. Este interés por vender y comprar tierras comunales no es nuevo. Comenzó más de veinte años atrás con las tierras llamadas ociosas de las comunidades de la costa norte y con las playas de las comunidades en la costa. El gobierno autorizó que se otorgue propiedad de lotes comunales a comuneros o a personas de fuera contando sólo con la mayoría simple de votos de los comuneros asistentes a la reunión. De
ese negocio surgió el balneario de Asia (Eishia) y desde entonces florecen los negociantes de tierras. Allí los nuevos ricos son tan racistas como Pizarro y no permiten que sus empleadas domésticas mojen sus pies en el mar antes de las seis de la tarde. No está demás recordar que gran parte de ellas provienen de las comunidades
campesinas de los Andes y de la Costa.

TRES. Hoy que las empresas mineras ganan más dinero que nunca antes en la historia, se multiplica el deseo de comprar tierras comunales. Como dicen que esas tierras están ociosas y son del perro del hortelano, los funcionarios del capital creen que en manos de mineros y negociantes de toda especie esas tierras podrían convertirse
en "emporios de riqueza".

CUATRO. No ha sido fácil vender las tierras comunales porque desde tiempos de la Constitución de 1920 la propiedad comunal es invendible e inembargable. Cada Comunidad campesina tiene sus títulos reconocidos desde tiempos coloniales, cuando luego de la formación de las haciendas los visitadores de la corona española demarcaron los territorios y dejaron claramente establecida la posesión de cada
comunidad. En esos tiempos, el rey de España fue el propietario eminente de la tierra. entregada a los llamados "indios del común".
De ese viejo nombre derivan las palabras comunidad y comunero.
Después de la guerra con Chile, los hacendados se apropiaron de parte
de las tierras comunales y como cuenta José María Arguedas, en su
novela Yawar Fiesta, a los notarios de entonces les faltó tiempo
para registrar las nuevas propiedades y legalizar plenamente el
despojo.

CINCO. Por eso, se produjeron luchas por la tierra y numerosas
tomas de haciendas en muchas partes. Con las reformas agrarias de
1962 (la primera del país dada por la Confederación Campesina del
Cusco, cuando Hugo Blanco era secretario de reforma agraria de esa
Federación), de 1964 (Belaunde) y 1968 (Velasco Alvarado) el rostro
del Perú comenzó a cambiar y pasaron a la historia los hacendados de
horca y cuchillo, los siervos de hacienda y los yanaconas.

SEIS. A quienes les interesa comprar tierras comunales para hacer
negocios mineros, agrícolas, urbanos, o para revenderlas después,
les hacía falta una simple disposición que el gobierno del señor
Alan García acaba de imponer con el decreto legislativo 2115, del
20 de mayo 2008, que dice textualmente, lo siguiente:

"Tratándose de tierras de propiedad de las Comunidades Campesinas y
Nativas, la regularización del derecho de propiedad se regirá por las
siguientes normas:
a) Para la adquisición en propiedad por parte de posesionarios
comuneros sobre la tierra que poseen por más de un año, el acuerdo de
Asamblea General de la Comunidad requerirá el voto a favor de no
menos del cincuenta por ciento de los comuneros posesionarios con más
de un año. Para los efectos de la adquisición por el actual
posesionario, la entrega de las parcelas se acredita con el documento
extendido por la
Comunidad a su favor. b) Para la adquisición en propiedad por parte
de miembros de la
Comunidad no posesionarios o de terceros así como para gravar,
arrendar o ejercer cualquier otro acto de disposición sobre las
tierras comunales, se requerirá el voto a favor de no menos del
cincuenta por ciento de los miembros asistentes a la Asamblea
instalada con el quórum correspondiente".

OCHO. No se trata de una "regularización de la propiedad" sino
simplemente de abrir las puertas para vender las propiedades
comunales. ¿Quiénes pueden asegurar que haya lo que se llama el
quórum correspondiente? No será difícil manipular asambleas en
beneficio de los nuevos propietarios.

NUEVE. No fue el Congreso quien acordó ese regalo. Lo hizo el
presidente, que puede imponer decretos legislativos de urgencia. El
señor Alan García y sus aliados, como defensores calificados del
capitalismo salvaje, quieren que Perú sea un país de propietarios,
así, a secas, pero se cuidan mucho de decir que para ellos y ellas
hay propietarios de primera y propietarios de quinta categoría.
¿Creen ustedes, lectoras y lectores, que sería posible que una
asamblea de socios de una empresa minera como la de Buenaventura o
de un banco como el de Crédito venda el patrimonio de esas empresas
con un acuerdo de sólo el 50% de los socios asistentes a una reunión?
Imposible. Pero los comuneros propietarios en las comunidades
campesinas sí pueden hacerlo. ¿Por qué? Porque sus derechos no son
tomados en cuenta, simplemente.

DIEZ. Al señor Alan García le importa poco lo que sobre las
comunidades campesinas dice la Constitución. Si las tierras son
inembargables ¿qué valor legal tiene ese decreto legislativo? Es
implemente anticonstitucional. Por eso, corresponde a la Coordinadora
Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería CONACAMI, a la
Confederación Campesina del Perú, CCP, a la Confederación Nacional
Agria, CNA, y a la Coordinadora Andina de Organización Indígenas
CAOI, junto con la Defensoría del Pueblo, presentar este caso al
Tribunal Constitucional, lo más pronto posible.

DIEZ. ¿Cual podría ser la alternativa? Tiene muy poco sentido suponer
que en el estado actual de pobreza extrema dentro de las comunidades
campesinas y nativas del país (en los Andes y en la Amazonía), los
comuneros puedan convertirse en prósperos empresarios mineros. Al
autorizarlos a vender sus tierras el gobierno despoja a las
comunidades y a los comuneros de lo último que les queda: sus
recursos (tierra, minerales, petróleo, gas, bosques) para
entregárselos a las empresas multinacionales y a otros capitalistas
de todo tipo. Sería perfectamente posible formar empresas asociadas a
las comunidades en calidad de copropietarias. ¿Hay en e Perú
empresarios dispuestos a aceptar y realizar esta propuesta? No los
vemos, no tienen de dónde aparecer. Desde el Estado sí es posible.
Pero sería una broma de pésimo gusto suponer que el Estado en manos
del señor García y sus nuevos apóstoles, grandes liquidadores de los
recursos nacionales, pueda cambiar de caballo a mitad del río y por
algún milagro, defender a las comunidades y tenerlas como socias.

ONCE. Las comunidades y los comuneros de todo el país tienen todo el
derecho del mundo de defender la propiedad de sus recursos. No somos
pocos quienes estamos con ellos y ellas. Defender los derechos de las
comunidades es, hoy, defender los pocos recursos que le quedan al
Perú.

Posted by Roberto at 13:29  

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